Seguridad alimentaria

Modificación al Reglamento 2073

Nuevo Reglamento 2019

Recién publicado el Reglamento en el DOUE del 8 de febrero el Reglamento (UE) 2019/229 de la Comisión de 7 de febrero de 2019 por el que se modifica el Reglamento (CE) nº2073/2005, relativo a los criterios microbiológicos aplicables a los productos alimenticios, en lo que se refiere a determinados métodos, al criterio de seguridad alimentaria para Listeria monocytogenes en las semillas germinadas y a los criterios de higiene de los procesos y de seguridad alimentaria relativos a los zumos de frutas y hortalizas no pasteurizados (listos para el consumo). Realmente no son muchos los cambios que vamos a encontrar, simplemente matices que te destaco a continuación:

  • Se perfilan algunos requisitos que hacen referencia al uso de métodos alternativos atendiendo al protocolo normalizado de referencia revisado EN ISO 16140-2. La forma en que se notifican los resultados con arreglo a los nuevos métodos revisados y las nuevas referencias de determinados métodos para la detección de Salmonella (EN ISO 6579-1), de Cronobacter (EN ISO 22964) y de la enterotoxina estafilocócica (EN ISO 19020), para la detección y la cuantificación de la histamina (EN ISO 19343), para el recuento de colonias aerobias (EN ISO 4833-1) y para el recuento de colonias de Enterobacteriaceae(EN ISO 21528).
  • En el capítulo 1: En las entradas 1.1, 1.2, 1.4 a 1.20, 1.22 a 1.24, 1.28 y 1.29 de la columna «Límites», el término «Ausencia» es sustituido por el término «No detectado». Y en el capítulo 2: En las entradas 2.1.3 a 2.1.5, 2.2.9 y 2.2.10 de la columna «Límites», la mención de «Ausencia» es sustituida por el término «No detectado». De esta forma es más coherente con la realidad.
  • El microorganismo Enterobacter sakazakii fue reclasificado en 2007 y fue nombrado Cronobacter spp., por lo que se acuerda la sustitución de su nombre en este reglamento Reglamento.
  • Los nombres completos de dos serotipos de Salmonella son «Salmonella enterica subsp. enterica serotipo Typhimurium» y «Salmonella enterica subsp. enterica serotipo Enteritidis». Se actualizan los nombres en esta nueva versión del reglamento.
  • El Reglamento (CE) nº 2073/2005 establece un criterio de seguridad alimentaria para Listeria monocytogenes en alimentos listos para el consumo que no pueden favorecer el desarrollo de este organismo, que no sean los destinados a los lactantes ni para usos médicos especiales. De conformidad con el dictamen de la EFSA de 15 de noviembre de 2011, las semillas germinadas favorecen el desarrollo de L. monocytogenes y, por tanto, deben estar incluidas en el criterio relativo a los alimentos listos para el consumo que pueden favorecer el desarrollo de este organismo, que no sean los destinados a los lactantes ni para usos médicos especiales.
  • El anexo I del Reglamento (CE) nº 2073/2005 establece: para los zumos de frutas y hortalizas no pasteurizados (listos para el consumo), un criterio de seguridad alimentaria relativo a Salmonella y un criterio de higiene de los procesos relativo a Escherichia coli. Por la aparición de nuevos procesos alternativos a la pasteurización que obtienen un efecto bactericida similar. Dicho criterio de seguridad alimentaria relativo a Salmonella y el criterio de higiene de los procesos relativo a E. coli no deben ser aplicables a las frutas y hortalizas (listos para el consumo) no pasteurizados pero que hayan sido sometidos a un procedimiento bactericida cuyo efecto frente a estos organismos sea similar a la pasteurización.

Este nuevo reglamento entra en vigor a los 20 días de su publicación. Pero a fin de dar tiempo para adaptar los métodos, se permite con carácter transitorio que los métodos alternativos actuales sigan siendo aplicados. Ya que algunos certificados basados en la anterior norma ISO 16140:2003 pueden ser válidos hasta el final de 2021

Como ves, los cambios no han sido de gran relevancia ni que provoque un cambio sustancial sobre nuestro plan de control analítico. Pero es de tener en cuenta.

Te paso el enlace para la descarga de ambos reglamentos:

 

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