Seguridad alimentaria

Nuevos alimentos en tu plan APPCC

Nuevos alimentos

En la industria alimentaria no se para de innovar. El I+D+I (Investigación, desarrollo e innovación) está al orden del día tanto para mejorar los alimentos que ya tenemos como para poner al mercado “nuevos alimentos”. Las industrias alimentarias buscan continuamente la manera de sorprender, atraer, enganchar y llamar la atención al consumidor, con el propósito de mejorar sus ventas. Para ello, una de sus principales armas reside en la investigación, el desarrollo y la innovación, es un departamento que ya disponen en muchas industrias alimentarias de cierto nivel. Se buscan sabores que nunca antes se habían imaginado, envases futuristas, nuevos ingredientes para el mantenimiento de la salud y el bienestar, nuevas texturas, etc. Y con este desarrollo vamos a conseguir lo que es llamado “nuevos Alimentos”

¿Pero qué son los nuevos alimentos?

Según la Unión Europea, un nuevo alimento es aquel que no se ha consumido de forma generalizada y significativa por los seres humanos antes del 15 de mayo de 1997, que es la fecha de la primera publicación del Reglamento sobre nuevos alimentos.

El «nuevo alimento» puede ser de reciente creación, alimentos innovadores, alimentos producidos utilizando nuevas tecnologías y procesos de producción, así como alimentos que se consumen o se han consumido tradicionalmente fuera de la UE.

Si hacemos una navegación por la web, vamos a poder obtener un listado extenso de nuevos alimentos. Tan solo con visitar la Agencia Española de Seguridad alimentaria vas a poder ver las publicaciones de los Reglamentos de autorización de nuevos alimentos. Los últimos que encontramos (julio 2020) son por ejemplo: «extracto proteico de riñones de cerdo», «Aceite de Allanblackia», «autorización de la comercialización de la infusión de hojas de café de Coffea arabica L. o de Coffea canephora Pierre ex A »o bien ampliación de usos como es el caso de los «xilooligosacáridos»

¿Qué debe cumplir un nuevo alimento?

Principalmente la Unión Europea exige que un “nuevo Alimento” sea:

Seguro para los consumidores, con validez científica.

Se encuentre etiquetado correctamente, para no inducir a error a los consumidores.

Si el nuevo alimento está destinados a reemplazar otro alimento, no deben diferenciarse ni ser  nutricionalmente desventajoso para el consumidor con respecto al anterior alimento.

Es necesaria la autorización previa para su comercialización según evaluación previa de la UU.EE.

 

El reto de la empresa actual es innovar de forma continuada. Para ello, Vamos a conseguir que la innovación sea un proceso más de la empresa, un proceso sistemático, susceptible de ser observado, medido y mejorado; en definitiva, gestionado. Las empresas tienen que establecer una metodología de trabajo eficaz y planificada y así poder gestionar las herramientas y los proyectos de investigación , desarrollo e innovación. Pero en muchas ocasiones cometen el error de vincular el departamento de I+D+i al departamento comercial, financiero y de Marketing, pero no con el departamento de calidad y seguridad alimentaria. Es primordial que se aúnan competencias y desempeños. Es requisito de la UU.EE. que el alimento sea seguro ante el consumo humano.

¿Qué riesgos podemos encontrar?

Como todo lo “nuevo” podemos encontrarnos imprevistos a medio o largo plazo según su comportamiento en la cadena de suministro y el uso esperado y finalmente dado.

El desconocimiento de muchos de estos alimentos puede llevar a que no actuemos con precaución a la hora de conservarlos, prepararlos, o incluso consumirlos. Este aspecto debemos evaluarlo profundamente  a través de la “pontentísima” herramienta que toda industria debe tener “Análisis de Peligros y Puntos Críticos de Control”. Pensamos que el Plan APPCC /HACC es un mero requisito pero puede resultar de buena ayuda.

Estos problemas  no solo pueden ser originados por la industria o por el consumidor, sino también pueden presentarse en hostelería, o en distribuidores, por ello, es muy necesario trasmitir toda la información necesaria de conservación y utilización a lo largo de la cadena de suministro.

Como todas las novedades, este tipo de alimentos están mucho más expuestos a la alarma social cuando surge un caso relacionado con la seguridad alimentaria, estará en el punto de mira, y será evaluado con lupa por la incertidumbre y desconfianza a todo lo “nuevo”

Ver algunos “nuevos alimentos” en nuestros comercios o en la lista de ingredientes (si es que los leemos)  puede suponer un shock cultural al que quizá algunos no están preparados o no se atreven. Pero nunca caigas en la desconfianza de los productos “legales”, ya que como hemos dicho anteriormente, han sido previamente autorizados por la UUEE.

¿Qué “nuevo alimento” te has encontrado en el mercado y no te has atrevido a consumir?

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