Los requisitos de las cámaras frigorificas en la industria alimentaria
«Cámaras frigoríficas en la industria alimentaria: ¿Cumples con la normativa?»
¡Bienvenidos a un nuevo episodio de Seguridad Alimentaria al Día! Hoy ponemos el foco en un elemento clave para la conservación de alimentos: las cámaras frigoríficas. ¿Sabías que un fallo en la temperatura puede convertir un producto seguro en un riesgo sanitario? 🛑 Desde el almacenamiento de carne y pescado hasta los helados que disfrutas en verano, cada detalle cuenta.
En este episodio, desglosamos los requisitos del Real Decreto 552/2019, las inspecciones obligatorias y los controles de temperatura que garantizan la seguridad y calidad de los productos. Descubre cómo evitar sanciones, optimizar tu sistema de refrigeración y asegurar que tu empresa cumple con la normativa. 🚀💡
🔹 ¿Qué exige la ley?
🔹 ¿Cómo mantener las cámaras en perfecto estado?
🔹 Errores comunes que pueden costarte caro
Si trabajas en la industria alimentaria, este episodio es imprescindible. ¡Dale al play y asegúrate de que tus cámaras frigoríficas están a la altura! 🎧❄️
Dentro audio!!!
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TÚ TIENES LA VOZ
Y como no puede ser de otra manera, los temas a tratar serán a tu medida, para poder resolver tus dudas, enfocarme en los temas de actualidad, y para eso, te dejo este cajetín abajo para que me propongas los temas de los que quieres que hable o las dudas que necesitas resolver.






Hola Marifé.
Lo primero gracias por tu trabajo y por poner a nuestra disposición toda tu sabiduría.
Te he descubierto recientemente y me parece muy ameno e interesante todo lo que haces.
Acabo de escuchar tu podcast nº 25 y al final del mismo me he quedado con una duda.
Me ha parecido que decías que en la industria alimentaria aplica la ICT/155/2020 para el control metrológico de los termómetros/registradores de Tª, cuando en tu blog tienes una publicación titulada «Controles a las cámaras frigoríficas de una industria alimentaria», en la que he creído entender que no aplicaba a los alimentos refrigerados, únicamente a los ultracogelados.
No sé si te he entendido mal o yo me he hecho un lío con este tema.
Pues nada, reitero mi agradecimiento por tu trabajo.
Hola Bea, En primer lugar, quiero agradecerte por tomarte el tiempo de leer mi contenido. Es un tema técnico que, efectivamente, puede generar dudas, por lo que espero poder aclararlo de la mejor manera posible.
La Orden ICT/155/2020, de 7 de febrero, establece el control metrológico del Estado sobre instrumentos de medida en diferentes sectores, incluyendo los termómetros y registradores de temperatura utilizados en la industria alimentaria.
Ahora bien, en lo que respecta a su aplicación específica en la industria alimentaria, la normativa diferencia entre los siguientes productos:
Alimentos ultracongelados: Según el Real Decreto 237/2000, que traspone la Directiva 92/1/CEE, los dispositivos de registro de temperatura utilizados en el almacenamiento y transporte de estos productos deben cumplir con controles metrológicos específicos, lo que implica la verificación periódica de los registradores de temperatura según la ICT/155/2020.
Alimentos refrigerados: En este caso, la legislación vigente (como el Reglamento (CE) 852/2004 sobre higiene de los alimentos) establece la necesidad de controlar y registrar las temperaturas, pero no impone expresamente la obligatoriedad del control metrológico oficial de los termómetros y registradores, salvo que se utilicen en procesos donde la medición tenga impacto en transacciones comerciales o en la salud pública.
La ICT/155/2020 sí aplica a los equipos de medición utilizados en la conservación y transporte de productos ultracongelados, mientras que, en el caso de los alimentos refrigerados, la legislación exige su control y registro, pero sin imponer el control metrológico obligatorio en todos los casos.
Espero haber aclarado la duda. Si necesitas más información o referencias normativas adicionales, estaré encantada de ayudarte.
¡Gracias nuevamente por tu interés y tu comentario! Ahora pedirte un favor, ayudame a compartir mis contenido entre tus contactos!
Un saludo,