Seguridad alimentaria

Etiquetado de productos ecologicos

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Etiquetado ecológico, que debemos tener en cuenta

En el etiquetado ecológico, muchas ocasiones pueden convivir certificaciones de calidad y de producto. Como puede ser la certificación IFS o BRC con certificación de productos ecológicos.

En este caso, la certificación ecológica tiene clara su legislación aplicable, la cual debe ser respetada y cumplida para obtener la certificación. Cuando estamos en una auditoria de certificación BRC o IFS tan solo se solicita que la certificación de producción ecológica se encuentre actualizada y se haya superado la auditoria satisfactoriamente. No entramos a más detalle, simplemente se hace mención en la descripción de la empresa dentro del informe. Nunca se podrá indicar en el alcance de certificación la palabra “ecológico”. Por ejemplo, nunca sería correcto encontrar en un alcance de BRCGS Food la descripción “elaboración de mermeladas ecológicas en tarros de vidrio”. Y si te lo has encontrado, mal. Es un fallo.

Uno de los requisitos que más incidencias o desviaciones podemos tener es el tema del etiquetado. Y aunque hemos indicado que en una auditoria de BRC o IFS no entramos a valorar la certificación ecológica, si que debemos comprobar que se cumple con la legislación. Y ello también implica verificar que el etiquetado ecológico de los alimentos producidos es correcto.

Etiquetado de productos ecológicos.

De acuerdo con la normativa europea sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, podemos definir que los productos ecológicos deben:

  • Proceder de la agricultura ecológica.
  • Ser producidos sin el empleo de sustancias químicas de síntesis (pesticidas, fertilizantes, herbicidas).
  • Haberse obtenido respetando el ritmo de crecimiento.
  • Elaborados sin adición de sustancias artificiales (aditivos, colorantes, saborizantes, aromas).
  • Producidos sin organismos modificados genéticamente (OMG) (transgénicos).
  • Disponer de un certificado por un organismo de control (empresa privada) o autoridad de control (organismo público).

Si cumplimos estas premisas, podremos etiquetar nuestros productos como “productos ecológicos”. Pero, que debe cumplir el etiquetado.

  • Debe cumplir con las disposiciones reglamentarias comunitarias, nacionales y autonómicas, sobre etiquetado general de productos alimenticios. A fecha de publicación de este artículo (octubre 2020) el Reglamento que nos determina el etiquetado de productos ecológicos es el Regl. 2018/848, el cual se encuentra modificado en fecha 25.03.2022. (Revisa siempre la última actualización)
  • No puedes inducir a error al consumidor o usuario sugiriendo que un producto o sus ingredientes cumplen los requisitos para ser considerados ecológicos. Ello incluye los términos utilizados en las marcas registradas, el etiquetado y la publicidad.
  • En la composición de alimentos ecológicos transformados no podrá haber simultáneamente un ingrediente ecológico y el mismo ingrediente obtenido de forma no ecológica o procedente de una parcela en fase de conversión; Se considera etiquetado a “toda palabra, término, detalle, marca registrada, marca comercial, motivo ilustrado o símbolo colocados en cualquier envase, documento, aviso, etiqueta, placa, anillo o collar, o relacionados con los mismos, que acompañe o haga referencia a un producto”.

Es muy común encontrar los términos ECOLÓGICO, BIOLÓGICO, ORGÁNICO y sus derivados o abreviaturas, tales como “ECO”, “BIO” y “ORG”. Pueden ser utilizados aisladamente o combinados con otros términos, tienen el mismo significado y pueden ser utilizados en el etiquetado, material publicitario o documentos comerciales, por un operador controlado por un organismo de control autorizado en la producción ecológica, y cuyo resultado de los controles, haya sido favorable.

¿Cómo puede ser la etiqueta de alimentos ecológicos?

En primer lugar vamos a encontrar el sello tan característico de la hojita con las estrellas.

logo-agricultura-ecologica

Es un logotipo europeo, pero además, tendremos que indicar lo siguiente:

  • ES-ECO-XXX-YY    Código de la entidad que certifica el producto, ha de constar siempre.

ES= Estado de la UE

ECO= ECO, BIO, ORG, OKO,,,

XXX= Número de la entidad certificadora. En España hay 27. Ver entidades.

YY= Comunidad autónoma. Ver códigos.

  • Agricultura UE : Es obligatorio indicar el origen de las materias primas, UE o países terceros. Se podrá indicar “Agricultura UE”, “Agricultura no UE”, “Agricultura UE/no UE”.

 

Algunas consideraciones que debes tener en cuenta en el etiquetado ecológico:

  • El código del organismo de control (ES-ECO-XXX-YY), es obligatorio en todos los productos comercializados con referencias al método de producción ecológico.
  • El logotipo comunitario…

Es obligatorio en los productos envasados frescos, y transformados en los que al menos el 95% de los ingredientes de origen agrario son ecológicos.

Es opcional para dos tipos de productos: no envasados e importados de terceros países.

Está prohibido en los “productos en conversión a la agricultura ecológica” y en “productos con ingredientes ecológicos”.

  • Las indicaciones sobre el origen del producto (“Agricultura UE”, “Agricultura no UE”, “Agricultura UE/no UE”)…

Van asociados al uso del logotipo comunitario.

Se pueden sustituir por el nombre del país en cuestión, por ejemplo, “Origen de agricultura de Perú”, cuando no sea EU, u origen “España” cuando sea de Agricultura UE

Puede ser omitida, si la cantidad de ingredientes a la que se refiere es inferior al 2%.

 

  • La utilización del logotipo, código numérico del organismo de control y el lugar de origen están regulados.

El código del organismo de control debe figurar en el mismo campo visual que el logotipo.

El origen de las materias primas (“Agricultura UE”, “Agricultura no UE”, “Agricultura UE/ no UE”) debe figurar inmediatamente debajo del código del organismo de control.

 

  • El logotipo del organismo o autoridad de control es optativo.
  • Algunos organismos o autoridades de control incluyen su propio código de identificación.
  • Como en los demás productos, ecológicos o no, para facilitar su trazabilidad, en el etiquetado han de indicarse los datos identificativos del productor, elaborador o distribuidor del producto, número de lote, fecha de consumo preferente, etc.

 

Para completar el artículo, te indico los requisitos de BRCGS e IFS donde debes tener en cuenta estos aspectos en el etiquetado de productos ecológicos.

En la norma BRCGS versión 8, en su requisito 5.2 nos determina que “el etiquetado de los productos deberán cumplir con los requisitos legales”. “la normativa del país de destino”. Y en el requisito 6.2 como clausula fundamental nos dice “Los controles de gestión de las actividades de etiquetado de los productos deberán garantizar que los productos se etiquetan y codifican correctamente.

Y si nos vamos a la norma IFS Food, nos encontramos en el punto 4.3.4 nos dice: “Deberá haberse implementado un procedimiento para asegurar que el etiquetado cumple con la legislación vigente en los países de destino y con los requisitos del cliente.”

Con esto te quiero dar el peso suficiente para que tengas en cuenta los requisitos de etiquetado de tus alimentos, y en especial cuando se traten de productos ecológicos.

CURSO ETIQUETADO ALIMENTARIO
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