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IFS food versión 7 y sus cambios

IFS food versión 7 y sus cambios

Ya han sido muchos meses que hemos estado esperando que la versión 7 de IFS se publicase oficialmente. Aun disponiendo del borrador, he querido ser cauta y no aventurarme a dar por buenos los requisitos que en este borrador aparecía. Hice bien. Los cambios con el borrador también han sido significativos. Ya se encuentra publicada desde el 6 de octubre y desde mi web quiero trasladarte un resumen de los principales cambios y las novedades que esta versión 7 de IFS nos trae. Me voy a centrar en los requisitos que realmente considero que aportan valor a las empresas y a la efectividad de un sistema de inocuidad alimentaria y que su contenido es relevante para ser mencionado.

IFS tenía un objetivo claro cuando pensó en revisar la norma y publicar la versión 7 y ha sido:

  • Facilitar su uso, protocolo de evaluación bajo el punto de vista de la empresa evaluada.
  • Menos burocracia.
  • Mejoras en el check-list de evaluación:
    • Menos documentación a comprobar
    • Enfoque mejor orientado a la norma ISO/IEC/17065, traducido en más tiempo dedicado a la visita in situ (duración mínima de la evaluación 2 días y mínimo 50% de la duración de la evaluación in situ), técnicas de evaluación (ya no se habla de auditoría), sistema de puntuación y mejor enfoque al proceso.
    • Alineación con los requisitos de la nueva versión del Benchmarking de GFSI, como son las auditorías no anunciadas, que se convierten en obligatorias.
    • Alineación con el Codex, FSMA y la legislación de la UE.
  • Actualización del informe de evaluación: más estandarizado y mejor alineado con las expectativas de los usuarios.

Resumen de los principales cambios

La nueva versión de IFS, su versión 7 ha sufrido unos cambios significativos tanto a nivel de protocolo, que también nos afecta, como a nivel de requisitos que es lo que más nos interesa.

El cambio en el protocolo de IFS food versión 7

Este protocolo es el que nos dicta las normas para llevar a cabo las auditorias y digo que también nos afecta ya que nos determina el procedimiento que vamos a seguir para conseguir certificarnos o mantener la certificación.

¿En qué ha cambiado en la norma IFS food versión 7?

  • Nueva estructura siguiendo la ruta de evaluación.
  • Mejor enfoque a ISO/IEC/17065: Evaluación de la conformidad. Requisitos para organismos que certifican productos, procesos y servicios.
  • Procesos subcontratados (se diferencia entre procesos parcialmente y totalmente subcontratados y productos comercializados).
  • Registro de evaluaciones no anunciadas, obligatorias cada tercer año de certificación.
  • Entidades multilegales a diferencia de entidades con multisites.
  • Sistema de puntuación (cada desviación se debe cerrar antes de la emisión del certificado y desaparecen las desviaciones B, que se convierten en “Punto de atención” que no necesitan una corrección, pero se evaluarán en la siguiente auditoría para garantizar que no conduzcan a una desviación o una no conformidad futura).
  • Nuevo árbol de decisión para exclusiones.

Cambio en los requisitos de evaluación de IFS food versión 7

Este cambio lo podemos ver en la parte 2 de la norma, y a modo de resumen:

  •  Cambio en el nº de requisitos, pasando de 281 a 237.
  • Aparecen 13 nuevos requisitos como son:

i. Cultura de seguridad alimentaria.
ii. Análisis de la causa raíz.
iii. Fraude alimentario.
iv. Riesgo material extraño (cuerpos extraños).
v. Subcontratación.
vi. Trazabilidad.
vii. Control de plagas.

Nuevo informe de evaluación (que ya no de auditoria)

Esto ha cambiado y lo podemos encontrar en la parte 4 de la norma y que quizás es la parte que «menos» interese ya que es lo que le aplica al auditor

  • Nuevo formato informe y plan de acción (incluye correcciones además de las acciones correctivas para cada desviación o no conformidad) y certificados con porcentajes además del nivel.
  • Secciones estandarizadas:
    i. Perfil de la empresa
    ii. Campos obligatorios
  • Número de GLN obligatorio para todas las empresas localizadas dentro de la Unión Económica Europea (EEA), también aplica a Inglaterra desde el 01.01.2021, si se mantiene como parte de la alianza EEA.
  • Política de protección de datos.

Los cambios no quedan aquí....

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